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Chile: Justicia obliga a reintegrar a alumnas de Liceo Tajamar

Las jóvenes fueron expulsadas por participar en movilizaciones estudiantiles el año 2011.

Por una decisión de 3 a 0, la primera sala de la Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección que presentaron en febrero pasado apoderados y apoderadas del Liceo Tajamar, ordenando dejar sin efecto la cancelación de las matrículas de 7 alumnas del establecimiento quienes habían sido parte de las movilizaciones estudiantiles de 2011.

En enero pasado, al presentarse los apoderados/as a matricular a las alumnas, se encontraron con la noticia de que se les había cancelado la inscripción y que no podían volver a estudiar en el establecimiento. Lo mismo les pasó a las alumnas del Carmela Carvajal que a principios de año se encadenaron fuera del colegio, sin recibir respuestas de parte de la dirección.

Ante la situación, las alumnas del Tajamar acudieron a la plataforma “Defensa Secundarios” que agrupó a organizaciones preocupadas por este tipo de sanciones, derivando el caso al programa Asesoría Ciudadana del Instituto Igualdad, por medio de la cual se presentó el Recurso.

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Adjuntamente en apoyo de las estudiantes, el Instituto Nacional de Derechos Humanos presentó un Amicus Curiae en el cual se recomendó a la Corte que se declarara la ilegalidad y arbitrariedad de la expulsión de las estudiantes. Lo anterior, por considerar que se infringieron los derechos de las alumnas, como por ejemplo la garantía de que fueran juzgadas por comisiones especiales de evaluación de las situaciones de expulsión y la aplicación de acciones discriminatorias que atentan contra la igualdad ante la ley, entre otras medidas que van en desmedro de la protección de la honra y la libertad de enseñanza.

Del fallo, es importante destacar que se estableció que “el carácter arbitrario de la resolución de cancelación se expresa en relación al Reglamento del Liceo que no establece un procedimiento sancionatorio, privándose al alumno de estar sometido a una comisión establecida en la legislación” y que “consecuencialmente, se debe asegurar el derecho de las recurrentes a proseguir en sus estudios de enseñanza media, situación que resulta acorde a los principios que comprende nuestra Carta Constitucional sobre la materia”.

Sobre la resolución de la Corte -Lorena Fries- Directora del INDH, expresó que “para el Instituto es relevante esta señal que hemos querido dar con el informe que presentamos a la Corte en tanto es nuestro interés cautelar que tanto la libertad de expresión como el derecho a reunión estén garantizados y que los estudiantes no sean castigados por su participación en el movimiento estudiantil. Eso significa que los colegios sólo pueden cancelar matriculas de acuerdo a causales específicas y en el marco de un debido proceso. Además, la medida es una señal de parte de la justicia para otros casos similares en los que se busca sancionar a estudiantes por reivindicar su derecho a una educación de calidad y para todos.”

El Instituto Nacional de Derechos Humanos ha presentado también dos Amicus Curiae en apoyo de estudiantes del Liceo Lastarria y del Liceo 7 de Providencia, de los cuales aún se espera el fallo de la Corte de Apelaciones.

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