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Chile: A un año de la muerte de Daniel Zamudio

A continuación, les compartimos una columna realizada por la Comisión Juvenil de Iguales, quienes son los más indicados en manifestarnos su visión, hacernos despertar respecto a ala discriminación e invitarnos a ponernos en sus zapatos.

Hoy se cumple un año de uno de los golpes más vergonzosos para Chile, la muerte de Daniel Zamudio, un joven que agonizó durante días, luego de ser trágicamente golpeado por un grupo de presuntos “nazis”, debido a su orientación homosexual. Hoy se cumple un año de ese último suspiro, angustiados aún en los remotos avances en materia de discriminación y diversidad sexual.

A continuación, les compartimos una columna realizada por la Comisión Juvenil de Iguales, quienes son los más indicados en manifestarnos su visión, hacernos despertar respecto a ala discriminación e invitarnos a ponernos en sus zapatos.

Las paradojas que se esconden en el corazón de la Ley Antidiscriminación

Por Matías Trujillo, Coordinador Difusión Juvenil Iguales

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Difícilmente marzo es un mes querido, puesto que a nadie le gusta volver a la rutina y dejar atrás el ocio y relajo tan propio de las vacaciones. Tampoco es grato recordar momentos tristes y difíciles, pero no darnos el espacio para reflexionar y hacer balances al cumplirse el primer aniversario del ataque a Daniel Zamudio me parece que es continuar con la agresión que él sufrió.

Hace un año, mientras Daniel agonizaba, se discutía en nuestro Congreso la Ley Antidiscriminación, y en él, muchos diputados y senadores conservadores se resistían a la idea de incluir las categorías de orientación sexual e identidad de género en ella, pese a que distintos organismos nacionales e internacionales de Derechos Humanos, como Naciones Unidas, le recomendaron a Chile proteger y prevenir a las personas de la diversidad sexual de la discriminación.

Pero, ¿por qué se hace necesario hablar de Derechos Humanos cuando hablamos de discriminación?

Porque los Derechos Humanos se definen como aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones, relativas a bienes primarios o básicos, que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida sin distinción alguna de etnia, color, sexo, idioma, religión, orientación sexual, opinión política o cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. En consiguiente, la discriminación asfixia las garantías que tiene una persona para gozar su vida dignamente.

Hoy en día, la Ley Antidiscriminación está plenamente vigente, lo que constituye un gran paso, en el sentido en que ésta orienta la conducta de los ciudadanos y ciudadanas hacia un trato más tolerante y respetuoso con la diversidad sexual.

Sin embargo, es paradójico que, en el corazón de esta ley, se anide la discriminación que se pretende combatir. En el inciso tercero del artículo segundo, la propia ley señala que aquellas distinciones, exclusiones o restricciones que se realicen en virtud de otro derecho fundamental, se considerarán razonables, validando de esta forma la discriminación en razón, por ejemplo, de la libertad de enseñanza, de credo, de ejercer actividades económicas, etcétera.

En primer lugar, ninguna discriminación que se realice sobre una característica innata o esencial a la identidad de las personas nace de la razón. Y en segundo lugar, ante la disyuntiva entre la discriminación y el ejercicio de otros derechos por parte de las personas, se ha concluido que los Estados pueden ejercer una restricción legítima de los Derechos Humanos siempre limitada por el Derecho Internacional. En nuestra región, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que las restricciones son “necesarias en una sociedad democrática”, lo que implica que las restricciones legítimas que ofrezcan salida a esta disyuntiva, no sólo deben estar en sintonía con los principios del Derecho Internacional sino también, deben considerar la condición de vulnerabilidad del sujeto o grupo social objeto de discriminación y promocionar los valores propios de una sociedad democrática tales como la igualdad, tolerancia, el respeto a las minorías, la participación, entre otros.

A raíz de lo anterior, se dilucida entonces que las discriminaciones razonables, que se mencionan en nuestra ley albergan una tensión que no se relaja de la manera que indican los organismos internacionales de Derechos Humanos.

Por otra parte, aunque la Ley Antidiscriminación obliga a los órganos y poderes del Estado a trabajar por el cultivo de la diversidad y el respeto, ésta lo hace de una manera muy volátil, ya que, por ejemplo, no precisa plazos ni obliga directamente a las instituciones públicas a promover programas de prevención y/o educación por el alcance estratégico de sus actuares.

¿Cómo se traduce todo esto en nuestra vida diaria?

Se traduce en bullying escolar, suicidio adolescente, agresiones homo o transfóbicas como la que le causó la muerte a Daniel Zamudio, exclusiones sistemáticas, como la que vive la comunidad trans en Chile, al no ser reconocida su identidad de género; desprotección a familias formadas a partir de parejas del mismo sexo, el desamparo legal ante la muerte del conviviente LGTBI, los nulos derechos familiares, la ausencia de seguros sociales, los inexistentes beneficios migratorios, y más. Situaciones que tenemos a diario ante nuestros ojos.

Basta. Es momento de trabajar más arduo para erradicar los vicios que genera la discriminación, y que nos alejan del Chile en el que muchos soñamos vivir. De ese Chile que realmente promete un futuro esplendor, junto a la igualdad en dignidad y derechos que nos merecemos, para celebrar nuestra diversidad individual, y no tener que volver a lamentar otro caso como el de Daniel. Un Chile en donde tengamos la libertad de gozar nuestra propia identidad de género, o de elegir a quién amar y con quién construir una familia, si así lo queremos. Y por qué no, un Chile en el que todos podamos decir: “sí, acepto”.

Fuente: Iguales.cl

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